Texto de la norma
Decreto Nº 4634 que cancela el exequátur de Notario al Lic. Rafael Alburquerque Zayas Bazán.— G. O. Nº 6697, del 8 de Octubre de 1947.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4634.
CONSIDERANDO: Que la Suprema Corte de Justicia por sentencia del 29 de Septiembre del año en curso ha pronunciado la destitución del Notario Público de los del número del Distrito de Santo Domingo, Licenciado Rafael Alburquerque Zayas Bazán, por haber cometido faltas graves en el ejercicio de sus funciones, y que en el dispositivo de la mencionada sentencia se recomienda al Poder Ejecutivo la privación del exequátur del Notario destituido;
CONSIDERANDO: Que el otorgamiento y la posesión del exequátur para el ejercicio de la profesión de Notario Público están condicionados a la efectividad del nombramiento expedido por la Suprema Corte de Justicia, según resulta del artículo 2, Párrafo único, de la Ley Nº 111, del 3 de Noviembre de 1942, sobre exequátur de profesionales;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República y visto el texto legal ya citado, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Queda derogado el Decreto Nº 2515, del 12 de Marzo de 1945, publicado en la Gaceta Oficial Nº 6226, que otorgó exequátur como Notario Público al Licenciado Rafael Alburquerque Zayas Bazán.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y siete, años 104º de la Independencia, 85º de la Restauración y 18º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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