Texto de la norma
Decreto Nº 7057 que modifica el artículo 1 del Decreto Nº 6597, del 6 de Junio de 1950. — G. O. Nº 7253, del 26 de Febrero de 1951.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 7057.
VISTO el artículo 2 de la Ley que crea el Consejo Nacio-
nal de la Tuberculosis, modificado por la Ley Nº 2388, del 20 de Mayo del año en curso;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 5º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Se modifica el artículo 1 del Decreto Nº 6597, del 6 de Junio de 1950, publicado en la Gaceta Oficial Nº 7131, para que rija del siguiente modo:
"Art. 1.— Queda reorganizado el Consejo Nacional de la Tuberculosis, para que se integre del siguiente modo: Dr. Rodolfo de la Cruz Lora, Presidente; señor César Herrera, Secretario General; señor Armando Brea. Tesorero; Dr. José A. Penzo Franco, Dr. José Ml. Rodríguez Jiménez y Dr. Héctor Read Barrera, Vocales; y Vocales ex oficio, el Presidente de la Asociación Médica Dominicana, quien actuará como Vicepresidente; el Jefe del Cuerpo Médico del Ejército Nacional; y el Decano de la Facultad de Medicina de la Universidad".
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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