Decreto Nº 5922 que jubila a la señora Gregoria García Vda. Nina.— G. O. Nº 6965, del 23 de Julio de 1949.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5922.
VISTA la solicitud de jubilación hecha el día 29 de Junio de 1949 por la señora Gregoria García Viuda Nina, Sirvienta de la Mayordomía del Palacio de Justicia de Ciudad Trujillo, quien ha servido a la Administración Pública durante más de 24 años;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República y en atención a las disposiciones de la Ley No. 1316, del 29 de Diciembre de 1946, sobre Pensiones Civiles del Estado, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación a la señora Gregoria García Viuda Nina y se le asigna una pensión del Estado de trece pesos con ochenta y dos centavos oro (RD$13.82) mensuales.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y nueve, años 106° de la Independencia, 86° de la Restauración y 20° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona