que nombra al Secretario de Estado de Previsión Social Representante de la República ante el Comité Interamericano de Seguridad Social y Suplente al Director de la Caja Dominicana de Seguros Sociales
Decreto Nº 6843 que nombra al Secretario de Estado de Previsión Social Representante de la República ante el Comité Interamericano de Seguridad Social y Suplente al Director de la Caja Dominicana de Seguros Sociales.- G. O. Nº 7188, del 7 de Octubre de 1950.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6843.
VISTOS los Estatutos aprobados por la Conferencia In
teramericana de Seguridad Social celebrada en Santiago de Chile el 16 de Septiembre de 1942, en los cuales fué creado el Comité Permanente Interamericano de Seguridad Social, con su sede actualmente en Ginebra, Suiza.
En ejercicio de las atribuciones que me confieren los incisos 3º y 5º del artículo 49 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.— El Secretario de Estado de Previsión Social queda nombrado Representante de la República ante el Comité Interamericano de Seguridad Social. El Director Gerente de la Caja Dominicana de Seguros Sociales queda nombrado Suplente de dicho Representante, para los casos de suplencia que sean de lugar.
Párrafo.— Queda derogado el Decreto Nº 2796, del 5 de Julio de 1945.
Art. 2.— El Secretario de Estado de Previsión Social queda autorizado para representar al Comité Permanente Interamericano de Seguridad Social en las Reuniones del Comité Directivo de la Organización Sanitaria Panamericana y en la XIII Conferencia Sanitaria Panamericana que se celebra en esta ciudad. El Secretario de Estado podrá hacerse acompañar del Director Gerente de la Caja Dominicana de Seguros Sociales, en calidad de Observador.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona