Texto de la norma
Decreto Nº 6748, sobre jurisdicción territorial de Destacamentos de la Policía Nacional.— G. O. Nº 7164, del 16 de Agosto de 1950.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6748.
VISTA la Ley sobre la Policía Nacional, Nº 1022, del 28 de Octubre de 1935;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.— A partir de la publicación del presente Decreto, la Tercera Compañía de la Policía Nacional, con asiento en San Cristóbal, abarcará solamente la jurisdicción territorial que actualmente tiene en la Provincia Trujillo, así como toda la Provincia Trujillo Valdez, y funcionará como una dependencia del Departamento Central de la Policía Nacional.
Art. 2.— El Destacamento de Azua, de la Policía Nacional, hasta ahora dependiente de la Tercera Compañía, de San Cristóbal, dependerá desde la publicación del presente Decreto de la Cuarta Compañía que tiene su asiento en San Juan de la Maguana.
Art. 3.— El presente Decreto modifica en cuanto sea necesario el Reglamento sobre la distribución territorial de la Policía Nacional, Nº 4069, del 26 de Febrero de 1948, y sus modificaciones.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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