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Decreto

Decreto 6697

que modifica el art. 2 del Decreto N° 6346, de 1950 sobre la Comisión Dominicana de Cooperación Sanitaria Panamericana

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 jul de 1950fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 7165Gaceta Oficial del 19 ago de 1950
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 6697 que modifica el art. 2 del Decreto N° 6346, de 1950 sobre la Comisión Dominicana de Cooperación Sanitaria Panamericana.— G. O. N° 7165, del 19 de Agosto de 1950. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO 6697. En ejercicio de la atribución que me confieren los incisos 3º y 5º del artículo 49, de la Constitución de la República, dic- to el siguiente D E C R E T O : UNICO.— Se modifica el Art. 2 del Decreto Nº 6346, de fecha 7 de febrero de 1950, para que rija del siguiente modo: “Art. 2.— La Comisión Dominicana de Cooperación, cuya finalidad se determina en el artículo precedente, se compondrá de los miembros que a continuación se nombran: El Secretario de Estado de Sanidad y Asistencia Pública, quien presidirá la Comisión, El Sub-Secretario de Estado de Relaciones Exteriores de más tiempo en funciones; El Sub-Secretario de Estado de Sanidad y Asistencia Pú- blica de más tiempo en funciones; El Vice-Presidente del Consejo Administrativo del Distri- to de Santo Domingo; El Decano de la Facultad de Medicina de la Universidad de Santo Domingo; El Presidente del Consejo Nacional de la Tuberculosis; El Presidente de la Liga Dominicana contra el Cáncer; El Presidente de la Asociación Médica Dominicana. Párrafo.— El Abogado Consultor, Encargado de la Sec- ción Jurídica de la Secretaría de Estado de Sanidad y Asisten- cia Pública, funcionará como Secretario de Correspondencia de la Comisión; y el Encargado de la Sección de Publicidad de la Secretaría de Estado de Sanidad y Asistencia Pública, funcio- nará como Secretario de Actas de la Comisión”. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca- pital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la In- dependencia, 87º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona