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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6640

QUE CREA E INTEGRA LA COMISION ASESORA DE LA ORQUESTA SINFONICA NACIONAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 jun de 1950fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 7165Gaceta Oficial del 19 ago de 1950
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
de Difusión CulturalMiembro de un órgano—
Cooperación IntelectualMiembro de un órganoy por el Director General de Bellas Artes

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto No 6640 que crea e integra la Comisión Asesora de la Orquesta Sinfónica Nacional.- G. O. No 7165, del 19 de Agosto de 1950. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 6640. En ejercicio de las atribuciones que me confieren los incisos 3º y 5º del artículo 49 de la Constitución de la República, D E C R E T O : Art. 1.- Se crea una Comisión Asesora de la Orquesta Sinfónica Nacional, la cual estará integrada por el Subsecretario de Estado de Educación y Bellas Artes encargado del servicio de Bellas Artes, de Difusión Cultural y Cooperación Intelectual, quien la presidirá ex-oficio; y por el Director General de Bellas Artes. Art. 2.- Los señores Coronel J. Arismendy Trujillo, Lic. Manuel A. Amiama y Lic. Juan Francisco Sánchez y Sánchez, serán miembros de la Comisión Asesora. Art. 3.- La Comisión Asesora de la Orquesta Sinfónica Nacional, tendrá las siguientes funciones: a) Velar por el mejor funcionamiento de dicha institución musical, haciendo por la vía reglamentaria, las sugestiones que considere útiles para propender a que cada día responda mejor a los progresos alcanzados en el arte de la música; b) Cuidar de que su participación en los actos oficiales del Gobierno, y su actuación en general, responda siempre a los altos fines de cultura artística para que ha sido creada; c) Laborar porque siempre disponga de un amplio repertorio, debidamente estudiado, de las mejores obras de autores nacionales y extranjeros, clásicos y modernos; ch) Controlar los programas de los conciertos que vaya a ejecutar, a fin de que los mismos, tengan siempre el valor artístico que corresponde a una orquesta de su categoría; y, d) Decidir acerca de las solicitudes que hagan los particulares, y, le someta la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes, para que actúe la Sinfónica; entendiéndose que por ser ésta nuestra primera institución musical, sólo participará en actos de relevante importancia. Art. 4.- El Director de la Orquesta Sinfónica Nacional y en su defecto, el Subdirector, asistirá a las reuniones de la Comisión Asesora, con voz pero sin voto, para informar acerca de cualquier asunto que convenga tomar en cuenta para la mejor organización y el más cabal funcionamiento de la Orquesta. Art. 5.- La Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes queda encargada de la ejecución del presente Decreto. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de junio del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona