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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6556

QUE NOMBRA VARIOS GOBERNADORES CIVILES PROVINCIALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 may de 1950fecha
Designacióntipo
G. O. 7126Gaceta Oficial del 27 may de 1950
Poder Ejecutivoórgano
3personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Manuel María SeijasDesignaciónGobernador CivilProvincia Trujillo
Santiago RodríguezDesignaciónGobernador CivilProvincia de La Vega
Pedro Pablo VillanuevaDesignaciónGobernador CivilProvincia de Monte Cristi

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Manuel María Seijas · Gobernador Civil · Provincia Trujillo

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 22 jun de 1950. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

  • Santiago Rodríguez · Gobernador Civil · Provincia de La Vega

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 22 jun de 1950. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 6 decretos con este nombre →

  • Pedro Pablo Villanueva · Gobernador Civil · Provincia de Monte Cristi

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 22 jun de 1950. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 24 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 6556 que nombra varios Gobernadores Civiles Provinciales.- G. O. Nº 7126 del 27 de Mayo de 1950. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 6556. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 79 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1º— El señor Manuel María Seijas queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia Trujillo. Art. 2º— El señor Santiago Rodríguez queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia de La Vega. Art. 3º— El señor Pedro Pablo Villanueva queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia de Monte Cristi. Estas designaciones son efectivas el día 1ro. de junio de 1950. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitres días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona