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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5621

QUE AUTORIZA LA IMPRESION DE SELLOS DE CORREOS PARA EL FRANQUEO ORDINARIO Y AEREO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 feb de 1949fecha
Otrostipo
G. O. 6893Gaceta Oficial del 9 feb de 1949
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 5621 que autoriza la impresión de sellos de correos para el franqueo ordinario y aéreo.- G. O. N° 6893, del 9 de Febrero de 1949. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 5621. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República; VISTOS los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas, D E C R E T O : Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos de correos para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en los siguientes tipo y cantidades: 2.000.000 (Dos millones) de sellos de franqueo ordinario de un centavo, color verde oscuro; 5.000.000 (Cinco millones) de sellos de franqueo ordinario de tres centavos, color azul; 1.000.000 (Un millón) de sellos de franqueo aéreo de siete centavos, color oliva; 2.000.000 (Dos millones) de sellos de franqueo aéreo de diez centavos, color marrón; 300.000 (Trescientos mil) sellos de franqueo aéreo de quince centavos, color rosa-rojo; 300.000 (Trescientos mil) sellos de franqueo aéreo de veinte centavos, color verde oscuro. Art. 2.- Estos sellos serán impresos en los colores que se indican en cada uno de los respectivos valores, sobre fondo blanco en tamaño de 33 milímetros de ancho por 40 milímetros de alto, y llevarán el siguiente diseño: en la parte superior, a todo el ancho del sello se leerá en sentido horizontal, la inscripción "República Dominicana", en el margen inferior hacia el ángulo izquierdo se leerá el valor facial del sello en guarismos, y hacia el ángulo derecho se leerá el signo de centavos. Entre ambas inscripciones, se leerá la palabra "Correos" en caracteres pequeños. El sello en su parte central mostrará una vista de la puerta principal de las Ruinas de la Iglesia de San Francisco, y debajo de esta vista, sobre la palabra "Correos", a todo el ancho del sello se leerá la siguiente leyenda: "Ruinas de la Iglesia de San Francisco, Ciudad Trujillo". Art. 3.- Los sellos aéreos, llevarán además, hacia el ángulo superior izquierdo un avión en vuelo, y en vez de la palabra "Correos", la siguiente inscripción. "Correo aéreo", sobre dos alas estilizadas como fondo. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta y nueve, años 105º de la Independencia, 86º de la Restauración y 19º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona