Decreto Nº 5574 que jubila a la Profesora Josefa A. Correa Rodríguez.- G. O. Nº 6884, del 15 de Enero de 1949.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5574.
VISTO el expediente sometido en fecha 29 de Diciembre de 1948 por la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes sobre la jubilación de la profesora Josefa A. Correa Rodríguez, Maestra de la Escuela Graduada Puerto Rico, de San Pedro de Macorís;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República y en atención a las disposiciones de la Ley Nº 1316, del 29 de Diciembre de 1946, sobre Pensiones Civiles del Estado, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilación a la profesora Josefa A. Correa Rodríguez y se le asigna una pensión del Estado de treinta y seis pesos oro (RD$36.00) mensuales.
Art. 2.- Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de enero del año mil novecientos cuarenta y nueve, años 105º de
la Independencia, 86º de la Restauración y 19º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona