Decreto No 1803 que autoriza al Distrito de Santo Domingo a asignar una pensión de $50.00 mensuales al Maestro José de Jesús Ravelo.- G. O. No 6054, del 29 de Marzo de 1944.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1803.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 8º de la Constitución de la República;
VISTA la Ley No 512, del 8 de febrero de 1944, sobre Pensiones y Donaciones Municipales, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se autoriza al Distrito de Santo Domingo a asig
nar una pensión de cincuenta pesos mensuales al Maestro José de Jesús Ravelo, antiguo Director de la Banda de Música del Distrito, a partir del primero de abril del año en curso.
Art. 2.— Dicha pensión se regulará por las disposiciones de la Ley Nº 512, del 8 de febrero de 1944.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes marzo del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona