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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1695

QUE CONCEDE CARTA DE NATURALIZACION AL SEÑOR LUIS MAXIMO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 ene de 1944fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 6039Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
plido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1.— Conceder, como por el presente concedo, carta de naturalización al señor Luis Maximino, de las calidades arriba expresadas. Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador de la Provincia del Seibo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial. Art. 3.— Este Decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía, y de Relaciones Exteriores. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de enero del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 100º de la Independencia, 81º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. Decreto Nº 1698, que prohibe recortar &, botellas destinadas al envase de bebidas refrescantes o gaseosas.— G. O. Nº 6031, del 9 de Febrero de 1944. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 1698. CONSIDERANDO: Que hay personas que se dedican a la práctica de cortar botellas para hacer vasos y otros artículos de vidrio; que generalmente las botellas que cortan son las que se utilizan para envasar bebidas refrescantes o gaseosas; CONSIDERANDO: Que con la dificultad que existe actualmente para poder importar envases de vidrio, de continuar la práctica de cortar las botellas, se escasearían éstas en forma tal que los fabricantes de bebidas refrescantes o gaseosas no tendrían en qué envasar sus productos, lo que ocasionaría un paro forzoso de esa industria; y CONSIDERANDO: Que es deber del Estado proteger las actividades económicas nacionales y velar por su regular desenvolvimiento;

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona