Texto de la norma
Decreto No 7025 que declara de utilidad pública la adquisición por el Estado de una porción de terreno para la construcción de un edificio escolar. - G. O. No 7220, del 15 de Diciembre de 1950.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 7025.
VISTAS la Ley de Dominio Eminente No 480, del 20 de Mayo de 1920 y sus modificaciones y la Ley No 344, sobre Procedimiento de Expropiación por el Estado y las Comunes, del 29 de Julio de 1943;
VISTO el artículo 18 de la Ley que instituye la Administración General de Bienes Nacionales, No 1832, del 3 de Noviembre de 1948;
VISTO el artículo 6, inciso 7o de la Constitución de la República, y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3o de la Constitución, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.-Se declara de utilidad pública la adquisición por el Estado, para la construcción de un edificio escolar, del Solar No 2-B, de la Manzana No 161, del Distrito Catastral No 1, del Distrito de Santo Domingo, con una extensión superficial de 7,013 metros cuadrados 64 decímetros cuadrados, y cuyas colindancias son: al Norte, Solar No 2-A; al Sur, Avenida México; al Este, Calle Dr. Delgado y al Oeste calle Galván.
Art. 2.- El Administrador General de Bienes Nacionales queda investido, por el presente Decreto, de los poderes necesarios para realizar todos los actos, procedimientos y recursos tanto ordinarios como extraordinarios que sean de lugar de acuerdo con las leyes, para la adquisición del inmueble descrito anteriormente.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los siete días de mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta, años 107o de la Independencia, 88o de la Restauración y 21o de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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