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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6384

QUE AUTORIZA LA IMPRESION DE SELLOS POSTALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 mar de 1950fecha
Otrostipo
G. O. 7090Gaceta Oficial del 11 mar de 1950
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No 6384 que autoriza la impresión de sellos postales.-- G. O. No 7090, del 11 de Marzo de 1950. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 6384. VISTOS los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas, No 855, del 13 de Marzo de 1935; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos de correos para el franqueo de la correspondencia ordinaria, aérea, y entrega especial, en los siguientes tipos y cantidades: 500.000 (Quinientos mil) sellos de franqueo ordinario del tipo de medio centavo oro, color sepia; 1.500.000 (Un millón quinientos mil) sellos de franqueo ordinario del tipo de cinco centavos oro, color azul; 500.000 (Quinientos mil) sellos de franqueo ordinario del tipo de quince centavos oro, color naranja; 200.000 (Doscientos mil) sellos de franqueo ordinario del tipo de veinte centavos oro, color violeta-gris; 100.000 (Cien mil) sellos de franqueo ordinario del tipo de Un peso oro, color marrón; 1.500.000 (Un millón quinientos mil) sellos de franqueo aéreo del tipo de doce centavos oro, color azul oscuro; 100.000 (Cien mil) sellos de franqueo aéreo del tipo de treinta y siete centavos oro, color rojo-lacre; y 150.000 (Ciento cincuenta mil) sellos de franqueo "entrega especial" del tipo de diez centavos oro, color verde oscuro. Art. 2.- Los sellos a que se refiere el artículo anterior correspondiente a los tipos de RD$0.00½ y RD$1.00, ordinarios, llevarán una vista panorámica del Hotel "Jimaní"; los sellos correspondientes a los tipos de RD$0.05 ordinario, y RD$0.12 aéreos, llevarán una vista panorámica del Hotel "Montaña", los sellos correspondientes a los tipos de RD$0.15 ordinarios, y RD$0.37 aéreos, llevarán una vista panorámica del Hotel "San Cristóbal"; y los sellos de los tipos de RD$0.20 ordinarios llevarán una vista panorámica del Hotel "Maguana". Art. 3.- Estos sellos serán impresos en tamaño de 40 milímetros de ancho por 28 milímetros de alto, sobre fondo blanco. En la parte superior, en sentido horizontal y a todo el ancho de los sellos se leerá: "República Dominicana"; hacia el margen izquierdo dentro de una orla del ancho de la quinta parte del sello se leerá en caracteres blancos y en sentido vertical: "Correos", en los sellos para el franqueo ordinario; y en los sellos para el franqueo aéreo, en sentido horizontal, en dos líneas, en caracteres blancos se leerá: "Correo Aéreo", y debajo de esta leyenda aparecerán dos alas estilizadas. Más abajo, hacia el ángulo inferior izquierdo aparecerá el valor del sello en números, y debajo de estos el signo de centavos oro; y "Un peso oro" en los sellos de este valor. En la parte inferior de los sellos, en sentido horizontal a todo el ancho del sello, se leerán las leyendas "Hotel Jimaní, Jimaní, R.D."; "Hotel Montaña, La Vega, R.D."; "Hotel San Cristóbal, San Cristóbal, R.D." y "Hotel Maguana, San Juan de la Maguana, R.D."; respectivamente, conforme a la distribución a la cual se refiere el Artículo 2 del presente Decreto. En los sellos para el franqueo aéreo aparecerá sobre la vista panorámica central, un avión en vuelo. Art. 4.- Los sellos para el franqueo "Entrega Especial" se imprimirán sobre fondo verde obscuro en tamaño de 38 milímetros de ancho por 25 milímetros de alto. En la parte superior del sello, en sentido horizontal se leerá: "República Dominicana"; y debajo de ésta, hacia el margen izquierdo, ocupando la tercera parte del ancho del sello se leerá la inscripción: "Correos"; debajo de esta leyenda, en la proporción de una tercera parte del ancho del sello, aparecerá el escudo Emblemático de Comunicaciones en sus colores naturales; debajo del escudo, hacia el ángulo inferior izquierdo y sobre el margen inferior del sello aparecerá el valor del sello en números seguido de el signo de centavos oro. Siguiendo en sentido horizontal, ocupando las dos terceras partes del margen inferior se leerá la siguiente inscripción: "Entrega Especial". En las dos terceras partes del ancho del sello, ocupando el centro del mismo aparecerá un mapa de la República Dominicana impreso en verde claro y sobre este, en líneas blancas, partiendo del margen superior derecho del sello, aparecerá una mano con un sobre. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO. el margen izquierdo dentro de una orla del ancho de la quinta parte del sello se leerá en caracteres blancos y en sentido vertical: "Correos", en los sellos para el franqueo ordinario; y en los sellos para el franqueo aéreo, en sentido horizontal, en dos líneas, en caracteres blancos se leerá: "Correo Aéreo", y debajo de esta leyenda aparecerán dos alas estilizadas. Más abajo, hacia el ángulo inferior izquierdo aparecerá el valor del sello en números, y debajo de estos el signo de centavos oro; y "Un peso oro" en los sellos de este valor. En la parte inferior de los sellos, en sentido horizontal a todo el ancho del sello, se leerán las leyendas "Hotel Jimaní, Jimaní, R.D."; "Hotel Montaña, La Vega, R.D."; "Hotel San Cristóbal, San Cristóbal, R.D." y "Hotel Maguana, San Juan de la Maguana, R.D."; respectivamente, conforme a la distribución a la cual se refiere el Artículo 2 del presente Decreto. En los sellos para el franqueo aéreo aparecerá sobre la vista panorámica central, un avión en vuelo. Art. 4.- Los sellos para el franqueo "Entrega Especial" se imprimirán sobre fondo verde obscuro en tamaño de 38 milímetros de ancho por 25 milímetros de alto. En la parte superior del sello, en sentido horizontal se leerá: "República Dominicana"; y debajo de ésta, hacia el margen izquierdo, ocupando la tercera parte del ancho del sello se leerá la inscripción: "Correos"; debajo de esta leyenda, en la proporción de una tercera parte del ancho del sello, aparecerá el escudo Emblemático de Comunicaciones en sus colores naturales; debajo del escudo, hacia el ángulo inferior izquierdo y sobre el margen inferior del sello aparecerá el valor del sello en números seguido de el signo de centavos oro. Siguiendo en sentido horizontal, ocupando las dos terceras partes del margen inferior se leerá la siguiente inscripción: "Entrega Especial". En las dos terceras partes del ancho del sello, ocupando el centro del mismo aparecerá un mapa de la República Dominicana impreso en verde claro y sobre este, en líneas blancas, partiendo del margen superior derecho del sello, aparecerá una mano con un sobre. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona