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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2185

SOBRE INDULTO A VARIOS PRESOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 sept de 1944fecha
Indultotipo
G. O. 6150Gaceta Oficial del 27 sept de 1944
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No 2185, sobre indulto a varios presos. G. O. No 6150, del 27 de Septiembre de 1944. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 2185. En ocasión del aniversario de la Restauración financiera de la República, y visto el artículo 49, inciso 26, de la Constitución de la República dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.-Se concede el beneficio del indulto, por el tiempo de las penas a que fueron sentenciados que les falta por cumplir, a los siguientes presos: Esperanza Travieso, Pilar Barbarín, Ovidio Evangelista, Ramón Rivera, Ramón Antonio Ubiera Peña, José Corporán, Leopoldo Paulino hijo, Nino García, Ramón Rosario, Pedro Vásquez, Candelario Mella, José del Carmen Félix, Horacio Félix, Víctor Cuevas (a) Salinas, Rosendo Santos, Julio Quezada, Cándido Ventura Arias, Manuel Méndez, Angel Rondón, Felipe Marte, Ramón Ramírez, Ramón Marte Reyes, Jesús María Esquez Tolentino, Laura José, Enemencio Cruz, Mario Ramón Santana Cruz, Antonio Peralta Matos, Gavino Martínez, Juan González, Justino Sosa, Nicolás Messon, Upiano Muñoz, Lorenzo Marte, Lorenzo Morillo Galán, Marcos Bautista, Domingo Reyes Serrate, Atilano Rosario, José Reynoso, Nicanor Félix, José Medina, Inocencio Rojas Concepción, Francisco Quezada, Diego Taveras, José Miguel Rosario, Ramón de la Rosa, Estanislao Severino, Faustino Rosario, Eusebio Alcántara, Regino Romano, José Joaquín Tavera, Francisco Antonio Tavárez, Miguel Angel Reyes, Santiago Uribe, Erasmo Contreras, Angel Polanco, Agripino Rodríguez, Gavino González, Francisco Ma. Germán, Ramón Emilio Santos, Leonardo García, Demetrio Troche, Pablo Mendoza, Francisco A. Frías, Antonio Estévez. Eustaquio Jiménez, Pablo Aponte, Ramón Molina, Antonio García, Armando González, Félix Balbuena, Julio López, Juan Ventura, Federico Medina, Ramón Antonio Gil, Pelegrín Rodríguez, José D. García, Libertino Padilla, Lucas Geraldino Geraldino, Luis Silverio P., Manuel López, Juan Francisco Suárez, Eugenio Guzmán, Andrés Paulino, Félix Fernández, Francisco Ruiz, Matías Lirano, Pedro Pérez, Isaías Mendoza, Basilio Rodríguez, Art. 2.- El presente Decreto surtirá sus efectos al amanecer del 24 de septiembre en curso. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de septiembre del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona