Texto de la norma
Decreto Nº 4005 que traspasa a la Dirección del Presupuesto las funciones atribuídas al Control de Impresiones y Publicaciones.— G. O. Nº 6547, del 6 de Diciembre de 1946.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLIÑA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4005.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3° de la Constitución de la República;
VISTOS los artículos 21, inciso 2, de la Ley sobre el Presupuesto de Ingresos y la Ley de Gastos Públicos, Nº 1363, del 30 de Julio de 1937 y 14 de la Ley de Hacienda, Nº 1113, del 3 de Mayo de 1929, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Las funciones atribuídas al Control de Impresiones y Publicaciones del Gobierno Dominicano, previstas en el artículo 2 del Decreto Nº 1084, del 5 de Abril de 1943, quedan a cargo de la Dirección del Presupuesto, como parte de la función cordiñadora que le confiere el artículo 17 del Reglamento Nº 1950, del 31 de Julio de 1937.
Art. 2.— Cuando se trate de suministros de impresos o publicaciones que representen un egreso, en total, de más de QUINIENTOS PESOS ($500.00), el Director del Presupuesto someterá el caso a la Comisión de Suministros para los fines previstos en el Reglamento Nº 1353, del 3 de Diciembre de 1941, para la compra de bienes mobiliarios por parte del Estado.
Art. 3.— Quedan derogados los Decretos Nos. 1084, del 5 de Abril de 1943, y 2654, del 7 de Mayo de 1945.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103° de la Independencia, 84° de la Restauración y 17° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.