Texto de la norma
Decreto No. 3828 que concede carta de naturalización al señor Luciano Rapuzzi. — G. O. No. 6509, del 2 de Octubre de 1946.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3828.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo el señor Luciano Rapuzzi, mayor de edad, de estado soltero, mecánico, natural de Génova, Italia, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos anexos a la instancia;
VISTO el inciso b) del artículo 1º de la Ley Nº 1227, de fecha 4 de Diciembre de 1929;
CONSIDERANDO: Que el señor Luciano Rapuzzi justifica una residencia en el país no interrumpida de más de diez años;
CONSIDERANDO: Que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1. — Conceder, como por el presente concedo, carta de naturalización al señor Luciano Rapuzzi, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2. — El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3. — Este Decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de septiembre del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103º de la Independencia, 84º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO,
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