miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3808

QUE INTEGRA LOS CONSEJOS DE GUERRA PERMANENTES DEPARTAMENTALES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 sept de 1946fecha
Otrostipo
G. O. 6507Gaceta Oficial del 26 sept de 1946
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 3808 que integra los Consejos de Guerra Permanentes Departamentales.— G. O. No. 6507, del 26 de Septiembre de 1946. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 3808. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 17º de la Constitución de la República, de nombrar y revocar los miembros de los Consejos de Guerra, de conformidad con la ley, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.- Nombrar, como por el presente nombro para los Consejos de Guerra Permanente, los siguientes oficiales del Ejército Nacional: a) CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DE CIUDAD TRUJILLO: Capitán Manuel M. García U., Juez, en sustitución del Capitán Danilo Trujillo; Capitán Dorian Villalba Pereyra, Juez, en sustitución del Capitán Rafael Dominico Pérez, Primer Teniente Adán E. Pujols, Juez, en sustitución del Primer Teniente Amable Suriel; Capitán Manuel A. Espinal, Oficial Instructor, en sustitución del Capitán Evangelista Cabrera hijo; y Primer Teniente Teófilo Antonio Cocco, Sustituto del Oficial Instructor, en sustitución del Primer Teniente Antonio de Js. Mueses F. b) CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DEL DEPARTAMENTO NORTE: Primer Teniente Cristóbal A. Paulino Alvarez, Juez, en sustitución del Primer Teniente Miguel Tavarez; Primer Teniente Pedro Ma. Pérez, Juez, en sustitución del Primer Teniente Rafael Rojas Rodríguez; y Capitán Joaquín Ma. Montero M., Oficial Instructor, en sustitución del Capitán Pedro L. Cedeño Herrera. c) CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DE DEPARTAMENTO NOROESTE: Capitán Manuel Emilio Flores V., Juez, en sustitución del Capitán Rafael A. González, M.M.; Primer Teniente Silvestre Rosario Sánchez, Juez, en sustitución del Capitán Dorián Villalba Pereyra; y Segundo Teniente Joaquín Méndez, Sustituto del Oficial Instructor, en sustitución del Segundo Teniente Manuel R. Abréu. d) CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DEL DEPARTAMENTO SUROESTE. Primer Teniente Ulises del Carmen Pérez, Juez, en sustitución del Primer Teniente Francisco Salcedo Hernández; Primer Teniente Felipe A. Jacobo, Oficial Instructor, en sustitución del Primer Teniente Domingo E. Gallart; y Segundo Teniente Eduardo Dotel, Sustituto del Oficial Instructor, en sustitución del Segundo Teniente Pedro Claudio Francisco Almonte Jiménez. e) CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DEL DEPARTAMENTO ESTE: Capitán Carlos Ml. Molina, Juez, en sustitución del Capitán Luis Ma. Gómez Noris; Primer Teniente Amable Suriel, Juez, en sustitución del Primer Teniente Francisco Cruz Almonte; Segundo Teniente Pedro Claudio Francisco Almonte Jiménez, Juez, en sustitución del Segundo Teniente Jorge Antonio García Colón; Primer Teniente Basilio Camilo Almanzar, Oficial Instructor, en sustitución del Primer Teniente Luis E. Victoria; y Segundo Teniente Luis B. Matos, Sustituto del Oficial Instructor, en sustitución del Segundo Teniente Servando A. Buompensiere Morel. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de septiembre del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103º de la Independencia, 84º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona