Texto de la norma
Horacio Vasquez Presidente de la República Dominicana. G. O. No. 3792.
NUMERO 504.
Vistos los Artículos 2 y 3 de la Ley de Dominio Eminente;
Visto el decreto de esta misma fecha, del Poder Ejecutivo, sobre declaración de Caminos del Estado;
Visto el contrato celebrado en fecha 11 del mes en curso entre el Ayuntamiento de San Pedro de Macorís, representado por el Síndico del mismo, y el señor Jacobo M. Merip, por el cual am-
bas partes convienen en que el Estado tome posesión, amigablemente, de las barcas que fueron adjudicadas en fecha 23 de Marzo de 1925 al señor Jacobo M. Merip por el citado Ayuntamiento, he venido, en uso de mis atribuciones constitucionales, en expedir el siguiente;
DECRETO:
Art. 1.- Quedan a cargo del Estado, a partir de esta fecha, las barcas sobre el río Higuamo que conecta las dos porciones de la carretera "Mella" que llegan hasta las orillas de dicho río, y la que une ambas orillas del mismo, frente al Ingenio "Cristóbal Colón".
Art. 2.- La Secretaría de Hacienda y Comercio convendrá con quien sea de derecho el valor razonable de dichas barcas, si no fuere necesario recurrir a las vías previstas por la Ley de Dominio Eminente.
Art. 3.- Los Secretarios de Estado de Hacienda y Comercio y Fomento y Comunicaciones se pondrán de acuerdo para la reglamentación de todo lo concerniente a la administración, por cuenta del Estado, de las dos referidas barcas, y a la forma de recaudación de los valores provenientes por concepto de pasaje.
Dado en la Mansión Presidencial, en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, a los catorce días del mes de Septiembre del año mil novecientos veintiseis.
HORACIO VASQUEZ, Presidente de la República.
Refrendado: A. Pastoriza, Secretario de Estado de Fomento y Comunicaciones.
Refrendado: M. de Moya Jr., Secretario de Estado de Hacienda y Comercio.
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