Texto de la norma
Decreto No 5813 que autoriza una emisión de sellos de correos conmemorativa del 75o Aniversario de la Unión Postal Universal. G. O. No 6940, del 28 de Mayo de 1949.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5813.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3o de la Constitución de la República; VISTO los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas,
DECRETO:
Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos de correos para el franqueo ordinario de la correspondencia, conmemorativa del 75o Aniversario de la Fundación de la Unión Postal Universal, en los siguientes tipos y cantidades:
1.000.000 (Un millón) de sellos de franqueo ordinario de un centavo, color verde oscuro y sepia;
2.000.000 (Dos millones) de sellos de franqueo ordinario de tres centavos, color azul claro y sepia;
1.000.000 (Un millón) de sellos de franqueo ordinario de siete centavos, color azul marino y sepia.
Art. 2.- Estos sellos serán impresos en dos colores sobre fondo blanco, en tamaño de 28 milímetros de ancho, por 38 milímetros de alto, de manera que el diseño central de los sellos aparezca en color sepia, y los bordes, de conformidad con los diferentes valores, orleados de verde oscuro, azul claro y azul marino, respectivamente.
Estos sellos llevarán el siguiente diseño: en la parte superior, a todo el ancho del sello se leerá en sentido horizontal: "República Dominicana"; en el lado inferior aparecerán, en los ángulos derecho e izquierdo dos cuadrados de cinco milímetros de alto y ancho en los cuales se leerán: el valor facial del sello en guarismos y el signo de centavos oro, respectivamente; y en el espacio comprendido entre dichos dos cuadrados, se leerá la leyenda: "75o Aniversario"; estas leyendas aparecerán en la orla que llevarán los sellos.
En la parte central del sello, hacia la parte media superior, aparecerá una paloma blanca con las alas abiertas, asentada sobre el globo terráqueo el cual cubrirá la parte media inferior del sello; y sobre éste, en el centro aparecerá una cinta con la siguiente leyenda: "1874 U.P.U. 1949".
Art. 3.- De estos sellos se entregarán a la Dirección General de Comunicaciones para ser enviados a la Oficina Internacional de la Unión Postal Universal, Berna, Suiza, tres mil
series, además de las series que habitualmente se envían a dicho Organismo Internacional, para su distribución entre las Administraciones Postales que integran la Unión Postal Universal.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y nueve, años 106º de la Independencia, 86º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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