Texto de la norma
Decreto Nº 3680 que concede incorporación a la Sociedad Benévola Santa Fé, de San Pedro de Macorís.— G. C. No. 6489, del 15 de Agosto de 1946.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3680.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución;
VISTA la instancia que por conducto del Procurador Ge-
neral de la República han elevado al Poder Ejecutivo los señores Leonel Charles y Alfredo Caines, en sus calidades de Presidente y Secretario Permanente, respectivamente de la sociedad de socorro mutuo "Sociedad Benévola Santa Fé", radicada en el Ingenio Santa Fé, Provincia de San Pedro de Macorís, solicitando la incorporación de dicha sociedad de conformidad con la ley de la materia;
VISTOS los artículos 2, 4 y 5 de la Ley sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
CONSIDERANDO, que del estudio del expediente resulta que se han cumplido todas las condiciones y formalidades exigidas por la ley,
D E C R E T O :
UNICO.— Conceder, como por el presente concedo, el beneficio de la incorporación a la sociedad de socorro mutuo "Sociedad Benévola Santa Fé", domiciliada en [domicilio omitido].
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103º de la Independencia, 83º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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