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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3561

que nombra a los señores Rafael Peguero y Rafael Camejo, Gobernadores Civiles de las Provincias de Barahona y Libertador, respectivamente

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 may de 1946fecha
Designacióntipo
G. O. 6445Gaceta Oficial del 25 may de 1946
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Rafael PegueroDesignaciónGobernador CivilProvincia de Barahona
Rafael CamejoDesignaciónGobernador CivilProvincia Libertador

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Rafael Peguero · Gobernador Civil · Provincia de Barahona

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 21 jun de 1946. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

  • Rafael Camejo · Gobernador Civil · Provincia Libertador

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 21 jun de 1946. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 8 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 3561, que nombra a los señores Rafael Peguero y Rafael Camejo, Gobernadores Civiles de las Provincias de Barahona y Libertador, respectivamente. — G. O. Nº 6445, del 25 de Mayo de 1946. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 3561. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 79 de la Constitución de la República, D E C R E T O : Art. 1.— El señor Rafael Peguero queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia de Barahona. Art. 2.— El señor Rafael Camejo queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia Libertador. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103º de la Independencia, 83º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona