Texto de la norma
Decreto Nº 3522 que concede jubilación a los señores Zacarías Espinal y Daniel Ortiz Pelletier.— G. O. Nº 6441, del 15 de Mayo de 1946.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3522.
CONSIDERANDO: que los señores Zacarías Espinal y Daniel Ortiz Pelletier, han trabajado ininterrumpidamente en el Departamento de Comunicaciones durante más de veinte años, y que la avanzada edad de ellos así como el precario estado de salud que presentan, justifican que sean jubilados;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º, de la Constitución de la República, y vista la Ley
Nº 168, sobre Concesión de Pensiones del Estado, del 30 de Enero de 1943,
D E C R E T O :
UNICO.- Se concede a los Señores Zacarías Espinal y Daniel Ortiz Pelletier, antiguos empleados del Departamento de Comunicaciones, el beneficio de la jubilación del Estado y se les asigna una pensión mensual de cuarenta y cinco pesos ($45.00) y de treinta y siete pesos con cincuenta centavos ($37.50) respectivamente, pensiones que serán pagadas con cargo al Símbolo correspondiente a la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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