Texto de la norma
NUMERO 3404.
49 inciso 3Q de la Constituci6n de la RepGblica;
En ejercicio de la atribucih que me !onfiere el articulo
VISTOS 10s articulos 1 y 8 de la Ley No 848, del 21 de I?-.-
brero de 1935, sobre el Funcionamiento
de 10s Servicios d.
Utilidad Publica, ampliada por la Ley N? 849 de la misma fe-
cha, y xodificada por la Ley No 1013, del 10 de Octubre dz
1935,
D E C R E ’ I ’ O :
UNC0.-
Aprobar, corn0 por el presente apruebo,
loi
articulos 1 y 2 de la Ordenanza No 4-46, dictada en fecha 11
de Febrero de 1946, por el Ayuntamiento de la Comun de Mon-
te Cristi, cuyos textos se transcriben a continuacibn:
“Art. 13-
A xliytir del dia primero del mes de Marzo d d
aiio en curso, el cobro de luz suministrada a 10s abonados por
la Planta Elictriza Municipal, estarj regido por la siguientc
TARiFA :
Contadores, por minirrxm de 15 kilos . . . . . . $ 2.00
Por cada kilo adicional . . . . . . . . . . . . . . ” 0.10
Sin contadores, $0.0‘2 por watts, minimum
de 100 watts . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
” 0.02
Por un radio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
” 1.00
Por cada hora extra de servicio . . . . . . . . ” 5.00
PQr cada conexi6n del servicio . . . . . . . . . . ” 0.75
Por cada reeonexi6n del servicio . . . . . . . . ” 1.00,
Parrafo.-
Cualquier otro cas0 110 especificado en la pre-
sente tarifa podrh ser resuelto por convenio entre el Ayunta-,
miento y el interesado, mediante la correspondiente solicitud
por escrito.
A1.t. 2.-
Se establece una fianza para 10s abonados bl
servicio de luz elkctrica, en la forrria siguiente:
,
Contadores :
a) Clubes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
$ 20.00
b) Teatros y Cinematbgrafos . . . . . . . . . . ” 20.00
e) Otros centros sociales . . . . . . . . . . . . . . ” 5 .OO
d) Clinicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
” 15.00
e) Hoteles . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
” 6.00
f ) Fondas con dormitories . . . . . . . . . . . .
” 4.00
gt) CafBs o Restaurantes y Casas hubspedes ” 5.00
h) Salones de Billar . . . . . . . . . . . . . . . . ” 4.00
4.00
Sin contadores :
a) A 10s que pagan por la cantidad de Ern-
paras que posean . . . . . . . . . . . . . . . . $
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Republica Dominicana, a 10s nueve dias del rnes d$
marzo del aiio mil novecientos cuarenta
y seis, aiios
de la Independencia, 839 de la Restauraci6n y 169 de la Era de
Tru jillo.
RAFAEL L, TRUJILLO.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.