miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3376

que modifica los artículos 6 y 8 del Decreto Nº 3256, del 2 de Enero de 1946, sobre emisión de Bonos del Tesoro

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 feb de 1946fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 6407Gaceta Oficial del 5 mar de 1946
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 3376 que modifica los artículos 6 y 8 del Decreto Nº 3256, del 2 de Enero de 1946, sobre emisión de Bonos del Tesoro.— G. O. Nº 6407, del 5 de Marzo de 1946. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 3376. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, y vista la Ley Nº 9 del 30 de Mayo de 1942, D E C R E T O : UNICO.— Los artículos 6 y 8 del Decreto Nº 3256 del 2 de Enero de 1946, quedan modificados para que se lean de la siguiente manera: “Art. 6.— El producido de la negociación de los Bonos del Tesoro, a que se refiere este decreto se depositará en el Banco Depositario del Gobierno en una cuenta especial, y dicho producido se destinará para fines de mejoramiento social, así como para obras y dragados de puertos, de conformidad con la Ley Nº 982, de fecha 30 de Agosto de 1945. Art. 8.— Los Bonos del Tesoro cuya emisión es objeto del presente decreto podrán ir siendo redimidos o pagados en capital e intereses antes de su vencimiento, durante el presente año, en la medida en que se recaude el impuesto destinado a esos fines, y después de haber sido totalmente pagados, en capital e intereses, los Bonos del Tesoro, cuya emisión fué dispuesta por el Decreto Nº 2938 del 31 de Agosto de 1945. Lo primero en satisfacerse será el pago de los intereses de todos los Bonos, y luego, la cantidad restante disponible será aplicada al pago del capital de los Bonos a que dicha suma alcance, en el orden numérico con que se individualiza cada Bono:" DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitres días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta y seis, años 102º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona