Decreto Nº 3353 que confiere a la División Económica y Comercial la atribución de expedir permisos de reexportación.- G. O. Nº 6399, del 20 de Febrero de 1946.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3353.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República y vistas las disposiciones de la Ley Nº 479 del 4 de Junio de 1941.
D E C R E T O :
UNICO.- Las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 409 del 19 de Noviembre de 1942 al Comité de Control sobre
Importaciones y Exportaciones y las cuales habían sido transferidas a la extinta Dirección General de Control sobre Importaciones y Exportaciones, serán ejercidas por la División Económica y Comercial adscrita a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, la cual en consecuencia tendrá a su cargo la expedición de los permisos para la reexportación de los productos y artículos indicados en dicho Decreto.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta y seis, años 102º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona