Texto
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Texto de la norma
ra los abonados al servicio de suministro de corriente eléctrica controlados por contadores y de $ 1.50 a los que pagan este servicio por la cantidad de bombillas que posean."
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta y seis, años 102º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo
RAFAEL L. TRUJILLO.
Decreto Nº 3348 que nombra al señor Alfredo Fernández Simó Segundo Secretario de la Legación de la República en Colombia.- G. O. Nº 6426, del 13 de Abril de 1946.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3348.
En virtud de las atribuciones que me confiere la Constitución de la República,
D E C R E T O :
El señor Alfredo Fernández Simó queda nombrado Segundo Secretario de la Legación de la República en Colombia.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta y seis, años 102º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Decreto Nº 3353 que confiere a la División Económica y Comercial la atribución de expedir permisos de reexportación.- G. O. Nº 6399, del 20 de Febrero de 1946.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3353.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República y vistas las disposiciones de la Ley Nº 479 del 4 de Junio de 1941.
D E C R E T O :
UNICO.- Las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 409 del 19 de Noviembre de 1942 al Comité de Control sobre
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