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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3329

QUE APRUEBA LA ORDENANZA NO. 19 DEL AYUNTAMIENTO DE GUAYUBIN, SOBRE VENTAS EN EL MERCADO DE VILLA SI...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 feb de 1946fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 6392Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
a pagar en todog 10s ingenios de la Repdblica, para el eorte, acarreo y vagoneo de la cafia: Por el corte de una tonelada . . . . . . . , . .$ 0.50 Por el acarreo en carreta de una tonelada . . . .$ 0.16 i' Por el traslacio a1 vag6n de una tonelada.. . .$ 0.045 Art. 2.- Estos salarios deberan ser pagados integramen- te en efectivo a cada uno de 10s trabajadores mencionados, y esta Tarifa aebera ser fijada en un lugar visible de cada esta- blecimiento en donde se realice el trabajo. Art. 3.- Todos estos pagos deben hacerce constar en 103 libros de sueldo y jornales que deben llevar todos 10s estable- cimientos, de acuerdo con la regla 9a. del Decreto NO 18015, del 25 de Marzo de 19414; libros que estaran a la disposicih de 10s Inspectores del Departamento del Trabajo para la comproba- ci6n de su veracidad. Art. 4.- La presente Tarifa sera enviada a1 Poder Ejecu- tivo para 10s fines de aprobacih de que trata el articulo 39 de la citada Ley NO 1024 . Dada en Gicldad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Re- pcblica Dominicana, hoy dia 22 de Enero de 1946, afios 1029 cie la Independencia 833 de la Restauraci6n y 16 de la Era de Tru jillo. LIC. JOSE CAZADA Presidente. LIC. JESUS GALINDEZ Secretario Art. 2.- De conformidad con las disposiciones del Art. 7 de la citada Ley NO 1024, las infracciones a esta tarifa se- ran castigadas con multa de $30.00 a $500.00 o con prisi6n de 15 dias a seis meses, o con ambas penas a la vez. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca- pital de la Repcblica Dominicana, a 10s dos dias del mes de febrero del aiio mil novecientos cuarenta y seis, afios 1020 de la Independencia, 839 de la Restauraci6n y 16g de la Era de Tru jillo. RAFAEL L. TRUJILLO. - Decreta Nr, 3329 que aprueba la Ordenanza No 19 del Ayuntamiento ;le Guayubin, sobre ventas en el Mercado de Villa Sinda.- G. 0. NP 6392, del 8 de Febrero de 1946. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la Hepubliea Dominicana NUMERO 3329. 49, inciso 250 de la Constitucih de la RepGblica, En ejercicio de la atribuci6n que me confiere el articulo D E C R E T O : WNC0,- Aprobar, COMO por el presente apruebo, la si- Por cada sombrero criollo. . . . . . . $ 0.01½ día de feria Por cada cajón de café, habichuelas, etc. " 0.01 " " Por cada par de serones. . . . . . . . . . " 0.01 " " Por cada animal que se lleve al corral " 0.02 " " DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta y seis, años 102º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona