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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3320

QUE CREA E INTEGRA LA COMISION PARA EL ESTUDIO E IMPLANTACION DEL SEGURO SOCIAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 ene de 1946fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 6389Gaceta Oficial del 2 feb de 1946
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No 3320 que crea e integra la Comisión para el estudio e implantación del seguro social.-- G. O. No 6389, del 2 de Febrero de 1946. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 3320. CONSIDERANDO: Que el Gobierno Dominicano, fiel a su política de mejoramiento social, ha construído y continúa construyendo en el país viviendas para obreros, campesinos, pobres necesitados y trabajadores en general; que ha edificado y sigue edificando hospitales, casas de maternidad, guarderías infantiles, escuelas y centros sociales para dichas clases trabajadoras; que ha sometido al Congreso Nacional múltiples proyectos que se han convertido en leyes destinadas a favorecer y proteger a los obreros, creándoles además el seguro sobre accidentes del trabajo; CONSIDERANDO: Que siendo la intención y firme propósito del Gobierno seguir eficazmente su política de protección en provecho de las clases menos favorecidas, ha contratado los servicios del Doctor Edgardo Rabagliati, experto en seguro social de fama internacional, para realizar aquellos estudios que tiendan a proporcionar a las clases trabajadoras del país el mayor bienestar y asegurarles positivamente a los obreros y a sus familias, adecuados medios de vida en caso de inhabilitación temporal o definitiva, para el trabajo; CONSIDERANDO: Que para asesorar y asistir al Dr. Rabagliati en su trabajo procede la designación de una comisión de expertos nacionales en la materia; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 5º de la Constitución de la República, D E C R E T O : Art. 1.— Designar, como por el presente designo a los señores Ramón Marrero Aristy, Subsecretario de Estado del Trabajo y Economía Nacional, Dr. Amable Lugo, Subsecretario de Estado de Sanidad y Asistencia Pública, Vicente Tolentino Rojas, Lic. José E. García Aybar, Lic. Max R. Garrido, Francisco Prats Ramírez y Lic. Eduardo Matos Díaz, para que reunidos en Comisión, preparen el material de trabajo necesario, y asistan y cooperen con el Dr. Rabagliati en los estudios necesarios para la implantación en el país del seguro social en general. Art. 2.— Esta Comisión estará presidida por el señor Ramón Marrero Aristy, Subsecretario de Estado del Trabajo y Economía Nacional. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de enero del año mil novecientos cuarenta y seis, años 102º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona