Texto de la norma
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DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Dorninqo,
Capital de la Repfiblica
Dorninicana, a 10s dos dias del
rnes de enero del aiio mil noveeientos cuarenta y seis, a5os 1020
de la Independencia, 830 de la Restauracih y 169 de la Era de
Tru jills.
RAFAEL, L. TRUJILLO.
becreto Ns 3257 que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la
Comdn de YamasB, sobre registro e inscripci6n de perros.-
G, 0. No 6377,
del 9 de Enero de 1946.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la Repliblica Dominicana
NUMERO 3257.
49, inciso 250 de la Constituci6n de la Repdblica,
En ejercicio de la atribuci6n que me confiere el articulo
D E C R E T O :
UXIC0.-
Aprobar, corn0 por el presente apruebo 10s ar-
ticulos 1 y 2 de la Ordenanza NO 5 del 15 de Diciembre de 1945,
dictada por el Ayuntamiento de la Comdn de YamasB, cuyoq
textos son 10s siguientes:
“Art. 1.- Queda terminantemente prohibido la crianza y
tenencia de perros que se consideren peligrosos e inconvenien-
tes en toda la Comiin; en consecuencia, cuatro dias despuks de
la publicaci6n de la presente Ordenanza en la prensa, serh ile-
gal su crianza y posesibn, en dicho radio, no sujetas a las si-
guientes disposiciones :
Art. 2.-
Todo perro deberh ser registrado por su due&
o poseedor en la Tesoreria Municipal, mediante el pago de 10s
siguientes derechos :
a) Los de raza fina.. . , . . , . . .$ 1.50 cada uno, y
b) Los de raza ordinaria.. . . . .” 2.00 eada uno.
El registro contendrh 10s datos siguientes :
1.- Zona, urbana o rural, y aiio del registro;
2.-
Nombre del duefio o poseedor, lugar de residencia y
Ckdula ;
3.-
Raza, fina u ordinaria, color y tamaiio, pequeso, regu-
lar, grande;
4.- Us0 a que se aplica el perro;
5.-
Nombre si lo tiene;
6.-
Edad del perro;
7.-Fecha
de inmunizaci6n antirjbica.
Junto con el rzgiatro el TL.sorera Municipal entregarh una
placa para cada perm que serii renovado el registro y ptlgado
el derecho correspondiente, en el rnes de Enero.”
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Repdblica Dorninicana, a 10s dos dias del mes de
enero del aiio mil novecientos cuarenta y seis, afios 1820 de ia
Jndependencia, 839 de la Restauracih y 169 de la Era de Tru-
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RAFAEL L. TRUJILLO.
Decreto NQ 3258 que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la
Com6n de Yarnas&, sobre servicios en 10s cernenterios munieipa1es.-
G. 0. NP 6378, del 12 de Enero de 1946.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLQ MOLINA
Presidente de la Repdblica Dorninicana
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