Texto de la norma
Decreto N° 4027 que autoriza una emisión especial de sellos semi-postales para la campaña contra la tuberculosis, para los años 1947-1948.- G. O. N° 6557, del 21 de Diciembre de 1946.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4027.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3° de la Constitución de la República;
VISTA la Ley N° 460, del 23 de Diciembre del año 1943;
VISTOS los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Para fines del cumplimiento del artículo 1° de la Ley N° 460, del 23 de Diciembre del año 1943, se autoriza una emisión especial de DOS MILLONES (2,000.000) de sellos semi-postales, de la denominación de un centavo (1c.) de valor facial.
Art. 2.- Estos sellos serán de forma rectangular, en tamaño de 21 mm. de ancho por 29 mm. de largo, en color azul claro, con el siguiente diseño: En la parte superior, y a todo el ancho: REPUBLICA DOMINICANA; en la parte superior izquierda, figurará el símbolo de la Doble Cruz Internacional contra la Tuberculosis, en color rojo; en el centro, una Enfermera, con el uniforme de gala de los servicios contra la Tuberculosis, con un niño en los brazos; debajo de la Enfermera, y a todo el ancho, llevará esta leyenda: PROTEJALO DE LA TUBERCULOSIS; a la derecha de la Enfermera, hacia el ángulo inferior derecho, llevará el valor facial del sello en guarismo en esta forma: 1c.
Art. 3.- Estos sellos se expenderán durante las campañas de los años 1947 y 1948.
Art. 4.- El presente decreto, deroga el Decreto N° 2936 de fecha 29 de Agosto de 1945, publicado en la Gaceta Oficial N° 6322 del 8 de Septiembre de 1945, que autorizó una emisión especial de sellos semi-postales de igual valor facial, y que no se ejecutó por haber existencia suficiente para 1946 de una emisión anterior.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103° de la Independencia, 84° de la Restauración y 17° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.