Núm. 4758.—DECRETO del C. N. que declara de utilidad pública la contratación de un empréstito de hasta $20.000.00.—G. O. Núm. 1787 del 15 de Mayo 1907.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República.
En virtud del apartado undécimo del artículo 25 de la Constitución,
DECRETA:
Art. 1º Se declara de utilidad pública la contratación de un empréstito por un valor hasta de veinte millones de pesos oro americano, con interés que no exceda de cinco por ciento anual; afectando para el pago de los intereses y el fondo de amortización la suma de un millón doscientos mil pesos oro anuales, que se extraerán de las rentas aduaneras de la República á razón de cien mil pesos oro mensuales.
Art. 2º El producto de este empréstito se destinará á la amortización de todas las deudas actuales de la República, tanto interiores como exteriores, y á la cancelación de ciertas concesiones que, por juzgarse gravosas ú obstaculizadoras del progreso de la República, se estimare conveniente cancelar. El sobrante que resultare, no se podrá dedicar á otro objeto que realizar obras de fomento cuya utilidad haya sido reconocida previamente por el Congreso Nacional.
Los contratos que al efecto se formularen serán sometidos al Congreso para los fines constitucionales.
Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dado en el Palacio del Congreso Nacional á los trece días del mes de Mayo de 1907; año 64º de la Independencia y 44º de la Restauración.
El Presidente: Ramón O. Lovatón.—Los Secretarios: M. M. Sanabia.—C. A. Nouel.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, capital de
la República, á los 14 días del mes de Mayo de 1907; año 64 de la Independencia y 44 de la Restauración.
El Presidente de la República: R. CACERES.
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio:--Federico Velázquez H.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona