Texto de la norma
Núm. 4749. DECRETO del C. N. que erige en Cantón, con el nombre de Gaspar Hernández, la sección de Joba. G. O. Núm. 1786 del 11 de Mayo 1907.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República.
Declarada la urgencia y previas las tres discusiones constitucionales,
DECRETA:
Art. 1º Desde la publicación del presente decreto queda erigida en Puesto Cantonal con el nombre de "Gaspar Hernández" la sección de Joba, de la común de San Francisco de Macorís, siendo su cabecera el poblado llamado "San Rafael".
Art. 2º Sus límites serán los siguientes: por el Norte, el mar desde el límite del Distrito de Puerto Plata hasta la desembocadura del arroyo "Magante"; por el Oriente, este arroyo arriba hasta su cabezada y de allí línea recta Sur franco hasta encontrar el río "Boba": por el Sur, este río arriba hasta los límites de la Provincia Espaillat, y por el Occidente, estos límites y los de Puerto Plata.
Art. 3º Queda autorizado el Poder Ejecutivo á fijar la fecha de la instalación de la nueva entidad política.
§ Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dado en el Palacio del Congreso Nacional á los 3 días del mes de Abril de 1907; año 64º de la Independencia y 44 de la Restauración.
El Presidente: Ramón O. Lovatón. Los Secretarios: A. Acevedo. J. D. Alfonseca h.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, capital de la República, á los 5 días del mes de Abril de 1907; año 64 de la Independencia y 44 de la Restauración.
El Presidente de la República: R. CACERES.
Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía: Ml. Lamarche García.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.