miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1381

ATRIBUCIONES QUE LE CORRESPONDEN A LA COMISION DE ARONAUTICA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 dic de 1941fecha
Otrostipo
G. O. 5686Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 1381. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República; Vista la Resolución de la Conferencia Técnica Interamericana de Aviación, celebrada en Lima, Perú, del 15 al 25 de septiembre de 1941, que crea la Comisión Aeronáutica Permanente Americana, (C. A. P. A.), DECRETO: Art. 1.— La Comisión de Aeronáutica, creada y designa- da de conformidad con la Ley sobre Navegación Aérea Civil tendrá, además de las atribuciones que le corresponden en virtud de dicha Ley, las siguientes funciones, como Comisión Nacional de Aeronáutica: a) Mantener en estrecho contacto con las Comisiones Nacionales de todos los Estados Americanos, enviándose mutuamente cuadros o relaciones de las materias que, a su juicio, sean susceptibles de acuerdos uniformes; b) Estudiar detenidamente los temas contenidos en dichas relaciones y dentro de un plazo prudencial, se pronunciará al respecto, remitiendo sus puntos de vista a las Comisiones Nacionales de los otros Estados, por intermedio de la Cancillería y de la Unión Panamericana; c) Clasificar, de acuerdo con los citados cuadros o relaciones las materias de que se trata en la forma siguiente: 1º-Materias que están en condiciones de unificación por reunir el consentimiento unánime de los Gobiernos; 2º- Materias susceptibles de ser promovidas como unificables por reunir la opinión, no unánime, pero predominante de los Gobiernos; 3º- Materias respecto de las cuales no existe opinión dominante para una regulación inmediata; d) Recabar la opinión, de acuerdo con la clasificación anterior, de las Comisiones Nacionales de todos los otros Estados, acerca de la manera como podrían ser planteados y resueltos los problemas jurídicos y técnicos de las materias unificables, así como todas las informaciones y antecedentes técnicos y jurídicos, politicos, diplomáticos y de cualquier otro orden que conduzcan a su completo esclarecimiento; e) Solicitar y obtener de las Sociedades, Institutos y Academias su opinión científica y sus puntos de vista generales, sobre la regulación y formulación de cuestiones técnicas y jurídicas; f) Estudiar las resoluciones de la Convención Panamericana de Aviación Comercial de 1928; de la Comision internacional de Aviación, encargada en sus diversos Congresos de la redacción de un proyectado Código del Aire; así como las normas de Derecho Aeronáutico Público y anexos técnicos establecidos por lal Comisión Internacional de Navegación Aérea (C. I. N. A.); y las normas de Derecho Aeronáutico Privado aprobadas por el Comité Internacional Técnico de Expertos Juristas Aéreos (C. I. T. E. J. A.); g) Formular ante-proyectos para someterlos a las sesiones de la Comisión Aeronáutica Permanente Americana (C. A. P. A.). Art. 2.— La Comisión de Aeronáutica continuará bajo la jurisdicción de la Secretaría de Estado de Guerra y Marina, en todo lo relativo a sus atribuciones derivadas de la Ley sobre Navegación Aérea Civil; pero sus relaciones con la Unión Panamericana, con la Comisión Aeronáutica Permanente Americana y con las Comisiones Nacionales de Aeronáutica, se mantendrán por conducto de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 20 días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo. M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA. Exequátur de ley otorgado al Sr. José Luna como Ingeniero de Caminos y Puentes.— G. O. Nº 5690, del 7 de Enero de 1942.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona