Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 1354.
En uso de las facultades que me confiere el artículo 6 de la Ley Nº 412, de fecha 17 de febrero de 1941;
Visto el informe presentado por la Comisión Depuradora de Créditos contra el Estado, en el cual se recomienda la aprobación de la reclamación que más adelante se detalla,
DECRETO:
UNICO.— Se aprueba la reclamación por créditos contra el Estado que se menciona a continuación:
1º. La reclamación número tres mil seiscientos vein-
tiseis (3626), por concepto de suministro de accesorios para automóviles y por concepto de servicios a diferentes Departamentos del Gobierno, a la Cruz Roja, a la Intendencia del Ejército y al Distrito Sanitario Nº 1, durante los años 1930, 1931 y 1932, a favor de Atlas Comercial Company, C. por A., por la suma de siete mil doscientos cinco pesos con noventinueve centavos ($7.205.99). Figura como cesionario de esta reclamación el señor H. E. Gates.
PARRAFO.— En caso de que la reclamación por créditos contra el Estado que se menciona en este Decreto hubiere sido cedida, figure o no el nombre del cesionario en el mismo, es deber de dicho cesionario justificar la legitimidad de sus derechos ante el Tesorero Nacional al momento del pago de la misma, y demostrar además, que ha cumplido las disposiciones contenidas en los artículos 13, 15 y 17 de la Ley Nº 1486 del 16 de marzo de 1938...
Dado en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 5 días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Carta de naturalización del Sr. Julius Frankenberg y de su señora esposa Sofia Marx de Frankenberg.— G. O. Nº 5692, del 10 de Enero de 1942.
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