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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3518

QUE REGURALIZA LA EXPORTACION DE MADERAS Y MUEBLES DE TODAS CLASES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 may de 1946fecha
Otrostipo
G. O. 6439Gaceta Oficial del 9 may de 1946
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No 3518 que regulariza la exportación de maderas y muebles de todas clases.— G. O. No 6439, del 9 de Mayo de 1946. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 3518. CONSIDERANDO, que para proteger el consumo y las necesidades nacionales de madera de toda especie y muebles hechos, con las mismas, se hace necesario establecer un sistema que regule la exportación de tales materiales y efectos; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 40 inciso 3º de la Constitución, y en uso de los poderes de que estoy investido por la Ley No 16, del 23 de Junio de 1942, sobre Medidas de Emergencia, DECRETO: Art. 1.— Las maderas de todas clases, preciosas o de construcción, así como también los muebles, artefactos, efectos u objetos acabados por la industria nacional, manufacturados con maderas de cualquier clase, no podrán ser exportados sino mediante permiso otorgado por el Secretario de Estado de la Presidencia, quien lo concederá o negará, o reducirá el permiso de acuerdo con las necesidades internas del país. Art. 2.— La solicitud que para ese efecto se eleve, deberá estar acompañada de dos sellos de Rentas Internas del tipo de cuatro ($4.00) y contener los siguientes datos: nombre y generales del solicitante, país de destino, nombre y generales del consignatario y del comprador en el extranjero, cantidad de madera en pies cuadrados o cantidad y designación de los muebles y clase de madera con que están construídos y precio de venta en el extranjero de la madera o los muebles a exportar. Art. 3.— Este Decreto deroga y sustituye en todas sus partes a los Nos. 2632 y 2755, del 26 de Abril y del 18 de Junio de 1945, respectivamente. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de al República Dominicana, a los cinco días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona