Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1277.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República; y
Vistos los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas, y para cumplir los requisitos del artículo 99 de la Ley de Sanidad,
DECRETO:
Art. 1.- Queda autorizada la siguiente impresión de especies timbradas:
100.000 (cien mil) sellos de rentas internas del tipo de quince centavos.
Art. 2.- Estos sellos se imprimirán en tamaño de 37 mm. por 27 mm. y en hojas perforadas de veinticinco sellos. Se imprimirán sobre fondo azul y en su centro un sol amarillo y dentro de ese sol, en rojo, la cruz de doble brazos, símbolo de la lucha social contra la tuberculosis. En su parte superior se leerá "República Dominicana" y en la parte inferior "Certificado de Salud". En los ángulos inferiores y en número y símbolo su valor facial de quince centavos.
Dado en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 21 días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y uno, año 98º de la Independencia, 79º de la Restauración y 12º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Impresión de estampillas para cigarros.- G. O. Nº 5659, del 25 de Octubre de 1941.
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