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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 892

CARTA DE NATURALIZACION DOMINICANA DEL SR. GENEROSO ESPAÑOL TRIGO Y DE SU SEÑORA ESPOSA MAXIMINA GON...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 dic de 1940fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 5544Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 892. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República; Vista la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía, han elevado conjuntamente en fecha 28 de octubre de este año los esposos señor Generoso Español Trigo, mayor de edad, de profesión comerciante e industrial, de nacionalidad española, domiciliado y residente en [domicilio omitido], y la señora Maximina González Montes de Español, mayor de edad, ocupada en los quehaceres del hogar, de nacionalidad española, domiciliada y residente en [domicilio omitido]; Vistos los documentos anexos a la instancia; Vistos el artículo primero, inciso b) y el artículo segundo de la Ley Nº 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y Considerando que el señor Generoso Español Trigo justifica una residencia en el país no interrumpida de mas de diez años; y Considerando que de conformidad con la Ley de la materia, la mujer casada con un extranjero que se naturaliza dominicano podrá obtener la naturalización, sin ninguna condición de permanencia en el territorio dominicano, siempre que la solicite conjuntamente con su marido; y Considerando que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que esposos extranjeros puedan adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización; He dictado la siguiente RESOLUCION: Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Generoso Español Trigo y a la señora Maximina González Montes de Español, ambos de las calidades arriba expresadas. Art. 2.— Los beneficiarios recibirán sendas cartas de naturalización de manos del Gobernador de la Provincia de Santiago, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial. Art. 3.— Esta resolución será registrada en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía, y de Relaciones Exteriores. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca- pital de la República Dominicana, a los 24 días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta, año 97º de la Independencia, 78º de la Restauración y 11º de la "Era de Trujillo". M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA. Indulto a varios presos.- G. O. Nº 5540, del 30 de Diciembre de 1940.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona