Texto de la norma
49.-
La rwlamacibn niimero trescientos cuatro (304), por con-
Cqto de wueldos, a firnor & Ana B. Castellanas, ipor la
suma de cuanenta y cinm pews ($45.0)
;
I
50.-
La reclammih nlimero traslckntos d0r;e (312), por con-
c e p t ~ ~
de suleldos, Q favor de Guillermina Suaza L,
por
la siima de ci'ento cucirenta y un pesos ($141.00) ;
FArrafo.-
En as0 de que algunlas de las fiedmaciones
por crGditos contra el Elahdo que se mencionan en esOe E w e -
to hubieren s5do edidas, figuren o 'no 1% nombres de 10s cesio-
narbs en el rnismo, es d&er de dichqs clesionarios justifimr la
legitimildcid de swg derrechos p r ante el TSSOIWW Nacianal ai
momento del pago de las mismlas, y dornostras adem& que lian
cump!ido las dispusiciome contenidas en 10s articulos 13, 15 Y
17 de la Ley NO 1486 del 116 de m.am3 de 1938.
D,4DO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Ihmhgo, Ca-
PiM de L Republica Dominimna, a loa 24 di-
diel m e de ju-
del aiio mil mvwkntos cuarenta y uno, ai33 980 de L hdepen-
dencia, 780 de ,la Restaumcih y 120 de la Em de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Aprolbaci6n de reclamaciones de &ditos contra el Eshd0.-
G. 0. NQ W ,
del 30 de Junio de 1981.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la Kepiblica Jhminlcana.
NUMERO 1091.
En us0 de las facuitades que me confiere el articulo 6 d,
la Ley NO 412, d:3 feeha 17 de %brerlo de 1941;
VLSTO 4 inf'xme presentado @or la i(;olmiisih Depurada-
Ira de (Wibs contm el Jkis;ta3, en el ~ u a l
s e recmiada k a-
probacibn & las raclwecicrrues que mas adelant? is? deLalim:
D E C R E T O :
UNIC0:-
Se agrusbain las recliamaciones por crtklitos con-
tra el Ejstado que se memionan a Icsontinuaci6ml:
1.- 'La damaci6n nimero trasciantas vleinticua,trh:, (3243,
por mmcepto de suchdos, a favor d'e T z o l i h #E. M. &
rGilrullh, por la suma de &nto wintisels pems ($126.00) ;
2.- Parte de la reclamación número trescientos treintitres (333), por concepto de sueldos, a favor de Bartolomé Thomas B., por la suma de ciento noventa pesos ($ 190.00);
3.- La reclamación número trescientos treintiocho (338), por concepto de sueldos, a favor de José Eugenio García, por la suma de veinte pesos ($20.00);
4.- La reclamación número trescientos cuarentisiete (347), por concepto de sueldos, a favor de Francisca Mena, por la suma de doscientos ochentiocho pesos ($ 288.00);
5.- Parte de la reclamación número trescientos cuarentinueve (349), por concepto de sueldos, a favor de Félix Jorge, por la suma de cinco pesos ($ 5.00);
6.- La reclamación número trescientos cincuenta (350), por concepto de sueldos, a favor de Francisco Chapman, por la suma de novecientos doce pesos con cincuenta centavos ($ 112.50);
7.- La reclamación número trescientos cincuentiuno (351), por concepto de sueldos, a favor de Zacarías Espinal, por la suma de noventisiete pesos con cincuenta centavos ($ 97.50);
8.- La reclamación número trescientos cincuenticuatro (354), por concepto de sueldos, a favor de Ana M. V. de Reyes, por la suma de trescientos cuarenta pesos con veinticinco centavos ($ 340.25);
9.- La reclamación número trescientos cincuenticinco (355), por concepto de sueldos, a favor de Maximiliano Hernández hijo, por la suma de trescientos setentidós pesos ($ 372.00);
10.- La reclamación número trescientos cincuentiseis (356), por concepto de sueldos, a favor de Domingo A. Hernández, por la suma de ciento noventa pesos ($ 190.00). Figura como cesionario Simeón Peña.
11.- La reclamación número trescientos sesenticuatro (364), por concepto de sueldos, a favor de Consuelo Nivar, por la suma de doscientos veintidós pesos ($222.00);
12.- La reclamación número trescientos sesenticinco (365), por concepto de sueldos, a favor de Luis E. Vicioso B., por la suma de ciento ochentisiete pesos con cincuenta centavos ($187.50);
13.— La reclamación número trescientos setenticinco (375), por concepto de sueldos, a favor del Lic. J. Gassó Gassó, por la suma de quinientos setentidós pesos con noventiocho centavos ($572.98);
14.— La reclamación número trescientos setentisiete (377), por concepto de sueldos, a favor de Félix Antonio Ricardo, por la suma de setentisiete pesos ($77.00);
15.— La reclamación número trescientos ochentidós (382), por concepto de sueldos, a favor de Petronila Castro, por la suma de treinta pesos ($30.00);
16.— La reclamación número trescientos noventa (390), por concepto de sueldos, a favor de Juan José Arredondo, por la suma de sesenta pesos ($60.00);
17.— La reclamación número trescientos noventicuatro (394), por concepto de sueldos, a favor de Antonio Castro R, por la suma de sesenta pesos ($ 60.00);
18.— La reclamación número trescientos noventicinco (395), por concepto de sueldos, a favor de Daniel Ortíz, por la suma de sesentisiete pesos con cincuenta centavos ($67.50);
19.— La reclamación número trescientos noventinueve (399), por concepto de sueldos, a favor de Félix M. Terrero, por la suma de sesenta pesos ($ 60.00);
20.— La reclamación número cuatrocientos cinco (405), por concepto de sueldos, a favor de Ramón Fidel Yáñez, por la suma de ciento ochenta pesos ($180.00);
21.— La reclamación número cuatrocientos diez (410), por concepto de sueldos, a favor de Ambrosina Mallol Vda. Tavarez, por la suma de cuatrocientos veintinueve pesos con cincuenta centavos ($429.50);
22.— La reclamación número cuatrocientos doce (412), por concepto de sueldos, a favor de Lorenzo Restituyo, por la suma de treintiseis pesos con veinticinco centavos ($36.25):
23.— Parte de la reclamación número cuatrocientos catorce (414), por concepto de sueldos, a favor de Mario E. Fernández, por la suma de setenticinco pesos ($75.00);
24.— La reclamación número cuatrocientos quince (415), por concepto de sueldos, a favor de Simeón Néstor Grullón h., por la suma de cuarenticinco peoss ($45.00);
25.— La reclamación número cuatrocientos diez y seis (416),
(b
t
par concept0 de sueldw, a fiavor de Weililttbn Savifiibn, par
la -a
id? ciento cuarentiseis p)1~1ms con who clentavos
($14'6.08). Figum cormo oesionario: Frandeco J. Abreu.
.%I.--
h nadarnaci6n n6mero cuatnocisntos diez y siete (417),
por cormepto de sueld'os, a savor dle Andlrbs E. Esdrigui:z
POT da twma de sf
ntisiete pesos con mwentid6s centavos
($7'7.92) ;
27.- La recItam~a'ci6n n6mero cuatrocientos treintiurn (431)
pm con.noepto de meldas, a faivor de Mi,guel A. Rodrig.,
pcor la suma de ciento treinticimo pesos ($135.00) ;
%-- La nedamlaci6n n6merD cuatrolcienbos, treh tidbs (432),
'For conceptol de sueildos, a favor de Celia Ortiz, por la
s u m de sl&xdicinco pams ($75.00) ;
29.- La rec:lamiaci6n n6mero cuatmaientos treintiseis (436),
por concepto de sul:ltdw, a favor die Luisa Dolorreu 'Liz, por
la suma de ochentisletie pews lean cincuennta centavos
(9 87.60) ;
30.- Parte de la r&amac:6n mimicro cuatrwientols treintidhr,
(4338), por comepto de mteldos, r;t fiarv3r de Elew A. de!
Rosario, por da s u m d? doscienhx trecce PMOS con cin-
clienta 02ntaVQs ($213.50) ;
31.-- La reclamacibn aumero cvatrcrcientos cincuentitrh (453),
For concept0 rle w~eildw, la favor de Baby Fbrrwyra, pix
la suma de wintisiete pasas con s&entkinco oenkavcr.,
($27.76);
32.-- La mclamaci6n nfimero cuatrwitzntos cinwenticuatro
(454), ,par cormpto de suec1cs, a favor de Rafael Bonilln,
por la surna de cilnto tssinticinco peso's ($135.001) ;
33.- b recliamad6n nulmer0 cuatrocientos cinculenticinw
(455), por concepto d e sueldos, a favor dt4 Joaquin ffit3-
drigwez, por la s u m 'de cuarentieinm pesw ($45 .lolo) ;
34.- Parte de la raclamacibn numero cuntrxientss cincueilti-
Seis (4.56), por concepti3 de sulEldos, a favor de Am Isa-
bel R)odriguez, por la SUma dc cknto cinm2nticUatrO P2-
MIS
($ 1154 .
OOl) ;
35,-- &a reclamcibn nhmero cuatmcientos cincuentiolch
(4~58)~
par cmc;;pto de eueldos, a favor del Dr. J~cintO
y, M&&jn,
por la sum & ~sel~cilent5s
nolvi3ntitr6s P O O F
con setenticinco centavy ($693.75) ;
*
36.- La mdama~i6n nbmero cmtmcientos swntitr6s (w),
por casneepto de sueldos, a favor de Erne&
Rodriguez,
p3r la wma de treinta pesos ($30.010) ;
37.- Pafil.De de la reciamacih n h e r o cuatrocienh salenticua-
b o (464), por conwpto de mddos, a favor diu. Sinfwosa
Ortiz, For la %una de sesznticinco pesos ($65 .OO) ;
38.-
Parte de l a reclamaci6n nlimero cuatrocientos setentinue-
ve (479), por comepto, de sueIdos, a fawr de Manuel
&ria del Qrbs hijo, ,par ba wuma de veintinwve p?sa
con @%mntisiete ce~bvos ($29.67) ;
39.- La mlamac%n n h e r o cuatrocientm oohentitrh (483),
por concepto de suddos, a favor de Blvira Arthur, px la
sunw de d h n t o s novenb pasos (8 290.00) ;
40.-
Parte d e la reclamacih ntim?ro oulatrwientros ochenti-
cuatro (M),
p r concept0 de sueldw, a favor de Juan
Carbrera hijo, por la smm de c h t o treintiun pews con
veintidnco enta.vcs ($131.25) ;
($15.W ;
41.-
Lrr redamacih niunero umtrocientos ochtinuew (489),
1>0r collceptn de suddos, a fawor de Eutiquio M. Gspe-
des, p r la s u m de dvrsrcieatOs d!we pesos con cincumta
centavm ($212.50) ;
42.- La rxlamacitin n b e m cwtrocientos nownticinco (495),
pw concept0 de aueldos, a favor de Paulina V. de Rarm,
,par &la mma de tmscientos veintisbte gems con oincuen-
ta oediams ($32'7.1501);
43.-
La wlamaci6n n b m m quinknb mho (m), por con-
cepto de sueldos, a &vor de Maria C. Gil de Alvarez, fl3r
k swmar de dowientw dim y seis pesos ($216.00) ;
44.-
La Fzlclamaci6n nbmem quinienta dme (5W, por con-
-to
de sueldos, a SQVor de M
a
B l m ~ l a
.UFeiia, 'por
la s u m & quince
45,-
~a mhn.aci4n nbmem quinkntos trace (5131, wr con-
ceph & sueldos, a favor de J w f ~ a &I.
JMau %, Wr 1s
5Uim
d&ienba
cwmntinuew pesos con seteuttidn-
00 mltavas (q M.7r5) ;
46.-
pa,fitJ )dl2 la r&irnaci6nX n b e r o quhientos d f a y
(518), pur mmepta de sueldos, a favor de Eug&o Sin-
*,
por la suma & sebntichm wos
($75.00) ;
47,-
][la m l a s i 6 n niunero quinientos winticinco .(525), Pr
h'&rarniento del Sr. Lie. Hubert0 Bogaert coin0 Secretarb de Estadj
de Obrm ,I%bIicas.-
G. 0. NQ EiGOld, dzl 28 de Junio de 1941.
M. DE J. TRONCBSO DE LA CONCHA,
Premiente de ia ~ e p u l ~ i c a
I)ominlcana.
NUMERO 1o;se.
En ejaercicio de la atribucih que me emfiere el inrciso pri-
$
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.