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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1317

QUE AUTORIZA LA IMPRESION DE SELLOS PARA LA CEDULA PERSONAL DE IDENTIDAD.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 ago de 1943fecha
Otrostipo
G. O. 5957Gaceta Oficial del 11 ago de 1943
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1317 que autoriza la impresión de sellos para la cédula personal de identidad.— G. O. Nº [cédula], del 11 de Agosto de 1943. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 1317. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la Republica; VISTOS los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se autoriza una emisión de QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL (572.000) sellos para la percepción del Impuesto sobre cédula personal de indentidad para hombres, en los siguientes tipos y cantidades: PRIMERA CATEGORIA 500 sellos de tipo de CINCUENTA PESOS, color marrón; SEGUNDA CATEGORIA 500 sellos de tipo de VEINTICINCO PESOS, color morado; TERCERA CATEGORIA 1,000 sellos del tipo de DIEZ PESOS, color rosado; CUARTA CATEGORIA 5,000 sellos del tipo de CINCO PESOS, color rojo; QUINTA CATEGORIA 5,000 sellos del tipo de TRES PESOS, color verde oscuro; SEXTA CATEGORIA 15,000 sellos del tipo de DOS PESOS, color mamey; SEPTIMA CATEGORIA 500,000 sellos del tipo de UN PESO, color verde claro; DUPLICADOS 30,000 sellos del tipo de CINCUENTA CENTAVOS, color azul oscuro; 15,000 sellos del tipo de VEINTICINCO CENTAVOS, color azul claro; Art. 2.- Los sellos de CINCUENTA PESOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color marrón y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior, se leerá 'República Dominicana' y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuida en ambos lados del escudo nacional, llevarán la siguiente leyenda: "Primera Categoría". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de peso y el valor facial en cifras. Los sellos de VEINTICINCO PESOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color morado, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central ho- rizontalmente, distribuída en ambos lados del escudo nacional llevarán la siguiente leyenda: "Segunda Categoría". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la iz- quierda llevarán el signo de peso y el valor facial en cifra. Los sellos de DIEZ PESOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color rosado, y tendrán el siguiente di- seño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédu- la Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuída en ambos lados del escudo nacional, llevarán la si- guiente leyenda "Tercera Categoría". Debajo del escudo na- cional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula sobre la cual se im- ponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquier- da llevarán el signo de peso y el valor facial en cifras. Los sellos de CINCO PESOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color rojo, y tendrán el siguiente dise- ño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédu- la Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuída en ambos lados del escudo nacional, llevarán la si- guiente leyenda: "Cuarta Categoría". Debajo del escudo na- cional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se impo- nen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda llevarán el signo de peso y el valor facial en cifras. Los sellos de TRES PESOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color verde oscuro, y tendrán el siguien- te diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizon- talmente, distribuída en ambos lados del escudo nacional, lle- varán la siguiente leyenda: "Quinta Categoría". Debajo del es- cudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se Imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de izquierda, llevarán el signo de peso y el valor facial en cifras. Los sellos de DOS PESOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color mamey, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior, se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuida en ambos lados del escudo nacional, llevarán la siguiente leyenda: "Sexta Categoría". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de peso y el valor facial en cifras. Los sellos de UN PESO se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color verde claro, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior, se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuida en ambos lados del escudo nacional llevarán la siguiente leyenda: "Séptima Categoría". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de peso y el valor facial en cifras. Los sellos de CINCUENTA CENTAVOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color azul oscuro, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuida en ambos lados del escudo nacional, llevarán la siguiente leyenda: "Duplicado de Cédula" Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de peso y el valor facial en cifras. Los sellos de VEINTICINCO CENTAVOS se imprimirán en tamaño de 6 por 2 centímetros, en color azul claro, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el escudo nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana- na" y más abajo "Cédula Personal de Identidad". En la parte central horizontalmente, distribuida en ambos lados del escudo nacional, llevarán la siguiente leyenda: "Duplicado de Cédula". Debajo del escudo nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula, sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda, llevarán el signo de peso y el valor facial en cifras. Art. 3.- La numeración de las diferentes partidas de estos sellos, que se debe aplicar en la litografía, será en color negro, comenzando con el número UNO. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de agosto del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona