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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1273

QUE EXTIENDE A LOS EMPLEADOS MUNICIPALES DE PUERTO PLATA LA LEY SOBRE COMPRA DE SUELDOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 jul de 1943fecha
Otrostipo
G. O. 5945Gaceta Oficial del 21 jul de 1943
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No 1273 que extiende a los empleados municipales de Puerto Plata la Ley sobre compra de sueldos.- G. O. No 5945, del 21 de Julio de 1943. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 1273. VISTA la instancia elevada por el Ayuntamiento de la Común de Puerto Plata, el 8 de julio de este año, por la cual solicita que se autorice a la Sucursal del Banco de Reservas de la República a comprar los sueldos de los empleados municipales de dicha Común; CONSIDERANDO: Que las finanzas municipales de la Común de Puerto Plata se encuentran en satisfactorio estado de solvencia y considerando, además, la importancia del Presupuesto municipal de la Común indicada; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-3º de la Constitución y en uso de la facultad de que estoy investido por el artículo 5 de la Ley Nº 728, del 29 de abril de 1942, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Las disposiciones de la Ley Nº 728, del 29 de abril de 1942 se hacen extensivas a la Común de Puerto Plata. Art. 2.— En consecuencia, el Ayuntamiento de Puerto Plata permitirá a los empleados municipales la negociación de sus sueldos de acuerdo con la referida Ley y con la Ley Nº 703, del 20 de marzo de 1942, y la Sucursal del Banco de Reservas de la República en Puerto Plata estará autorizada para realizar con los empleados municipales las referidas negociaciones, en la forma legal. Art. 3.— Las atribuciones que, de acuerdo con la Ley Nº 728 ya citada corresponden al Presidente del Consejo Administrativo y al Tesorero del Distrito de Santo Domingo, corresponderán, en la Común de Puerto Plata, al Síndico Municipal y al Tesorero Municipal, respectivamente. Art. 4.— El Secretario de Estado de lo Interior y Policía estará encargado de supervigilar la ejecución del presente Decreto. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez y nueve días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona