Texto de la norma
Decreto Nº 1268 que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Tamayo estableciendo impuesto sobre espectáculos públicos.— G. O. Nº 5948, del 26 de Julio de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1268.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-25º de la Constitución de la República;
VISTA la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común de Tamayo en fecha 2 de junio de este año, que fija como tipo del impuesto de espectáculos públicos la suma de un peso, moneda de curso legal;
VISTA la Ley No. 1416, de fecha 13 de noviembre del año 1937, que establece un impuesto sobre espectáculos públicos y que autoriza a los Ayuntamientos a fijar el tipo de éste "para los bailes, velaciones y otros espectáculos de fines especulativos cuyos ingresos se recauden en forma de contribuciones, donativos o de cualquier otro modo";
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 3 de la citada Ley No. 1416, las resoluciones por las cuales los Ayuntamientos fijen los tipos del impuesto de espectáculos públicos requieren la aprobación del Poder Ejecutivo, he dictado el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Aprobar, como por el presente apruebo, la Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Tamayo arriba mencionada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez y siete días del mes de julio del ano mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO
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