jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1612

que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la Común del Seibo estableciendo un arbitrio por servicios en el Cementerio Municipal

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 dic de 1943fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 6014Gaceta Oficial del 29 dic de 1943
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1612 que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la Común del Seibo estableciendo un arbitrio por servicios en el Cementerio Municipal.— G. O. Nº 6014, del 29 de Diciembre de 1943. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 1612. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 25º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.— Aprobar, como por el presente apruebo, los Párrafos segundo y tercero del artículo segundo de la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común del Seibo en fecha 30 de noviembre de 1943, y cuyos textos se transcriben a continuación: "PARRAFO SEGUNDO: Se cobrará la cantidad de DOS PESOS ($2.00) MONEDA DE CURSO LEGAL, por inhumación del cadáver de un adulto y UN PESO ($1.00) por inhumación del cadáver de un niño en el cementerio municipal de esta ciudad, y por la exhumación de un cadáver, previo permiso del Departamento de Sanidad y Asistencia Pública, CINCO PESOS ($5.00) MONEDA DE CURSO LEGAL. PARRAFO TERCERO: Quedan exoneradas de los impuestos establecidos en el párrafo anterior, las inhumaciones y exhumaciones de cadáveres de pobres de solemnidad. Estas exoneraciones estarán a cargo del Síndico Municipal". DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidós días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 81º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona