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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4902

QUE OBLIGA A LAS EMPRESAS DE LOTERIAS A RENDIR CUENTAS A LA CAMARA DE CUENTAS Y EL PODER EJECUTIVO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 ago de 1909fecha
Otrostipo
G. O. 2019Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 4902.-DECRETO del P. E. que obliga a las empresas de lotería a rendir cuenta a la Cámara de Cuentas y al Poder Ejecutivo.-G. O. Núm. 2019 del 1 de Septiembre 1909. RAMON CACERES, Presidente de la República Visto el Decreto del Congreso Nacional, sobre proventos de loterías que se jueguen en la República, de fecha 27 de Abril de 1906. Y vistos los incisos 3º, 4º y 5º del artículo 53 de la Constitución de la República, DECRETO: Art. 1º Las empresas de loterías que se jueguen en la República quedan obligadas á dar á la Cámara de Cuentas de la República, en la forma y plazos que rinden las suyas los Ayunta mientos, y al Poder Ejecutivo cada vez que lo requiera el Secretario de Estado de Hacienda y Comercio, cuenta escrita, detallada y comprobada, de todo cuanto ingresen y egresen por concepto de loterías y de los fines á que éstas se destinen. Art. 2º El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio podrá residenciar dichas empresas y sus administraciones, cuando lo juzgue conveniente; pero estará obligado á practicar cuando menos una residencia anual de cada una de dichas empresas y administraciones, por sí ó por las personas que él designe, así como á publicar en la GACETA OFICIAL el resultado de las investigaciones. Dada en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República, á los 30 días del mes de Agosto de 1909; año 66 de la Independencia y 46 de la Restauración. R. CACERES. Refrendada:—El Secretario de Estado en los Despachos de Hacienda y Comercio:—Federico Velásquez H.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona