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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4860

QUE CONCEDE SALVO-CONDUCTO A TODOS LOS EXPATRIADOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 jul de 1908fecha
Otrostipo
G. O. 1906Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 4860.-DECRETO del P. E. que concede salvo-conducto a todos los expatriados.-G. O. Núm. 1906 del 4 de Julio 1908. RAMON CACERES, Presidente Constitucional de la República. En uso de la facultad que me confiere el inciso 8º del artículo 53 de la Constitución Política del Estado, DECRETO Unico: Conceder salvo-conducto para que puedan regresar al país á todos los dominicanos que se encuentren ausentes de él por causas políticas. Los Secretarios de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, comunicarán y harán cumplir el presente decreto. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 2 días del mes de Julio de 1908; año 65 de la Independencia y 45 de la Restauración. El Presidente de la República, R. CACERES. Refrendado: El Secretario de Estado de lo Interior y Policía: Miguel A. Román hijo. Refrendado: El Secretario de Estado de Relaciones Exteriores: J. M. Cabral y Báez.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona