Núm. 4858.—DECRETO del C. N. que declara de utilidad pública la construcción de un hospital para leprosos.—G. O. Núm. 1905 del 2 de Julio 1908.
EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República.
DECRETA:
Artículo único: Se declara de utilidad pública la construcción por cuenta del Estado, de un hospital para leprosos.
Párrafo: El Poder Ejecutivo tomará las medidas conducentes á la más breve realización de esta obra.
Dado en el Palacio del Congreso Nacional, á los 25 días del mes de Marzo de 1908; año 65 de la Independencia y 45 de la Restauración.
El Presidente: Ramón O. Lovatón.—Los Secretarios:— M. M. Sanabia.—A. Acevedo.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 24 días del mes de Junio de 1908; año 65 de la Independencia y 45 de la Restauración.
El Presidente de la República,
R. CACERES.
Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas interino:—Ml. Lamarche García.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona