Texto de la norma
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA,
Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 921.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución del Estado; y
Vistos los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas, y para cumplir los requisitos del artículo 99 de la Ley de Sanidad,
DECRETO:
Art. 1.- Queda autorizada la siguiente impresión de especies timbradas:
100.000 (cien mil) sellos de rentas internas del tipo de 15 centavos.
Art. 2.- Estos sellos se imprimirán en tamaño de 37 mm. por 27 mm. y en hojas perforadas de veinticinco sellos. Se imprimirán sobre fondo azul y en su centro un sol amarillo y dentro de ese sol, en rojo, la cruz de doble brazos, símbolo de la lucha social contra la tuberculosis. En su parte superior se leerá "República Dominicana" y en la parte inferior "Certificado de Salud". En los ángulos inferiores y en número y símbolo su valor facial de quince centavos
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 20 días del mes de enero del año mil novecientos cuarentiuno, año 97º de la Independencia, 78º de la Restauración y 11º de la Era de Trujillo.
M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA.
Impresión de especies timbradas (Sellos para telégrafos y radios).- G. O. Nº 5548, del 22 de Enero de 1941.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.