Decreto Nº 1248 que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de Baní estableciendo un arbitrio a cargo de los dueños de perros.— G. O. Nº 5940, del 7 de Julio de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1248.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-25 de la Constitución de la República;
VISTA la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común de Baní en fecha 17 de junio de este año, cuyo artículo primero establece un arbitrio de un peso, moneda de curso legal ($1.00) a cargo de los dueños de perros por la expedición de una medalla para dichos animales, e inscripción de los mismos en registro que deberá llevar al efecto el Tesorero de la Común, he dictado el siguiente
D E C R E T O :
UNICO.— Aprobar, como por el presente apruebo el arbitrio establecido por el artículo primero de la Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Baní ya mencionada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la
Independencia, 80º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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