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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 705

DESIGNACION DE LOS SEÑORES EMILIO GARCIA GODOY Y LIC. RAFAEL GINEBRA PARA QUE ACTUEN EN LA SEGUNDA R...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 jul de 1940fecha
Designacióntipo
G. O. 5478Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
ta entre los Ministros de Relaciones Exteriores de las Repúblicas Americanas, celebrada en Panamá, DECRETO: El Señor Emilio García Godoy, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República en Cuba, y el Señor Licenciado Rafael Ginebra, Jefe de la Sección de Tratados y Conferencias Internacionales, quedan designados para que actúen con el Señor Licenciado Arturo Despradel, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, en ocasión de la Segunda Reunión de Consulta entre los Ministros de Relaciones Exteriores de las Repúblicas Americanas que se inaugurará en la Ciudad de La Habana, el día 20 del mes de julio de 1940, el primero como Asesor Económico y el segundo como Secretario. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 4 días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta, año 97º de la Independencia, 77º de la Restauración y 10º de la "Era de Trujillo". M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA. Carta de naturalización de la Sra. Bibina Adaime Kirille.— G. O. Nº 5482, del 17 de Julio de 1940. M. DE J. TRONCOSO DE LA CONCHA, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 706. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República; VISTA la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía ha elevado la señora Bibina Adaime Kirille, mayor de edad, de estado casada, de ocupación quehaceres domésticos, de nacionalidad libanesa, domiciliada y residente en [domicilio omitido]; VISTOS los documentos anexos a la instancia; VISTO el artículo 2º de la ley Nº 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona