Texto de la norma
Decreto Nº 1173 que concede carta de naturalización al señor Luis Benito.- G. O. Nº 5930. del 9 de Junio de 1943.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1173.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-3º de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por órgano de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 21 de mayo de este año el señor Luis Benito, mayor de edad, agricultor, de estado casado, natural de Puerto Príncipe, Haití, domiciliado en [domicilio omitido];
VISTO el inciso b) del artículo 1 de la Ley Nº 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929;
CONSIDERANDO: Que el señor Luis Benito justifica una residencia en el país no interrumpida de más de diez años;
CONSIDERANDO: que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Conceder, como por el presente concedo, carta de naturalización al señor Luis Benito, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.- El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador de la Provincia del Seibo, pre-
vio juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.- Este decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 25 días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y tres, años 100º de la Independencia, 80º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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